El seguro de cumplimiento es de los denominados “Atípicos”. Posee características que lo acercan más a la figura de la fianza que al contrato de seguros.
La decisión de incursionar en este ramo exige contar con una infraestructura especializada, personal idóneo, altamente capacitado y con conocimientos de diversas disciplinas.
En muchos casos, la toma de decisiones en el seguro de cumplimiento involucra altas sumas aseguradas, que pueden comprometer el patrimonio del asegurador, los asegurados y los garantizados.
El sólido criterio de un suscriptor, que garantice el mínimo de siniestralidad difícilmente podrá reemplazarse por procesos altamente parametrizados.
Proveer mediante un lenguaje claro y cotidiano, las herramientas técnicas, jurídicas y comerciales necesarias, para desarrollar un adecuado proceso en la toma de decisiones de aceptación de riesgos, al momento de expedir pólizas del ramo de cumplimiento.
1. Conceptos Jurídicos Básicos:
2. El Seguro de Cumplimiento:
Funcionarios de las áreas: Técnica, Comercial, de expedición e Indemnizaciones, de compañías de seguros, reaseguros, ajustadores, corredores e intermediarios de seguros, que requieren capacitación básica y especializada sobre aspectos técnicos, jurídicos y los procesos de suscripción y aceptación de riesgos en el seguro de cumplimiento.
Funcionarios de las entidades estatales encargados de determinar las garantías y seguros exigidos a los proponentes y contratistas, su aprobación y ejecución en caso de incumplimiento de las obligaciones garantizadas.
Danielle Gómez Pérez
Abogada de la Universidad Libre, especialista en Derecho de Seguros en la Universidad del Rosario. Cuento con experiencia en el área de seguros en el ramo de cumplimiento y responsabilidad civil, contratación estatal, derecho laboral y seguridad social en el sector asegurador y como analista de suscripción, indemnización y suscriptor senior en aseguradoras como Liberty Seguros, Chubb Seguros y Seguros Mundial y como subdirectora de la Cámara de Cumplimiento y Responsabilidad Civil de Fasecolda.
La Fundación Instituto Nacional de Seguros, se reserva el derecho de modificar las fechas programadas como los docentes previamente publicados en los eventos o su cancelación de acuerdo con las condiciones en que se desarrolle el proceso de inscripciones.
Iniciado el curso NO se aceptará cancelación de inscripciones ni se reembolsará el valor de la misma. Excepto sea comunicado 72 horas antes del evento, por escrito vía E-Mail (mercadeoins2@fasecolda.com ó mercadeoins3@fasecolda.com)
Modalidad | Destinatarios | Porcentaje |
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Pronto Pago | Se otorga a las personas naturales o jurídicas que cancelan el valor total del curso con más de diez (10) días calendario de antelación a la fecha de inicio. | 10% |
Fidelidad | Se otorga a las personas naturales o el mismo funcionario de la persona jurídica que en los últimos 03 años vigentes haya tomado otro curso con el INS. | 10% |
Número de inscritos | Se otorga cuando de una misma persona jurídica o grupo empresarial se inscriben varias personas. El porcentaje del descuento varía de acuerdo al número de personas inscritas, como se indica a continuación: • Dos (2) o tres (3) personas. • Cuatro (4) personas. • Cinco (5) personas. • Más de cinco (5) personas. | 10%
5% 10% 15% 20% |
Es importante precisar que los descuentos antes señalados no son acumulables entre sí. La persona puede optar por el descuento que le sea más conveniente.
Las personas naturales deben cancelar la totalidad del curso con antelación al inicio del mismo.
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